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Procedimiento de reclamos de usuarios de Sistema de Mediación

Flujo de Reclamos 

Proceso de Mediación:

• Si un usuario considera que se han visto vulnerados sus derechos, no se han respetado los Principios de la Mediación contenidos en la ley N° 19.968 o en general, si los servicios de mediación no fueren satisfactorios, podrá reclamar por dichas situaciones.


Medios por los que se puede reclamar:

  1. Vía Presencial.

    1. Formulario de reclamo (OIRS):

    2. o En todos los Centros de Mediación Familiar Licitada, a lo largo del país: El usuario podrá presentar su reclamo completando el “Formulario de Atención” que se encuentra disponible en todos los Centros de Mediación Familiar Licitado, el que debe estar en un lugar visible o ser solicitado al personal del mismo Centro (Secretaria). El Centro de Mediación tiene la obligación de proporcionar dicho formulario, y remitir periódicamente a la Unidad de Mediación del Ministerio de Justicia, los reclamos presentados.

      o En las Oficinas de la Secretaría Regional Ministerial de Justicia (SEREMI), de cada región del país, completando el “Formulario de Atención”.

       

    3. Concurriendo directamente a la Unidad de Mediación del Ministerio de Justicia (Moneda N° 1155, piso 2, Santiago).
    4.  

  2. Vía Electrónica.
    1. Correo Electrónico:
    2.  

      o Enviando un correo electrónico a reclamosmediacion@minjusticia.cl indicando lo siguiente:

       

        - Datos personales (Nombre completo, cédula de identidad, dirección, teléfono)

        - Nombre del Centro de Mediación y/o del mediador/a contra el cual se presenta el reclamo.

        - Resumen del reclamo

        - Otros antecedentes que sean considerados pertinentes.

       

    3. OIRS Electrónica

    4. o A través de la Página Web www.mediacionchile.cl


Nota: El reclamo es de carácter personal (debe ser presentado por quien participó de un proceso de mediación) y no requiere del patrocinio de un abogado.

 

Ingreso del reclamo a la Unidad de Mediación:

  1. Una vez presentado el reclamo correspondiente, éste es derivado a la Unidad de Mediación del Ministerio de Justicia.

  2. Ingresado el reclamo, la Unidad de Mediación solicita un informe al Centro de Mediación Familiar reclamado.

  3. El Centro de Mediación Familiar debe evacuar sus descargos en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción del oficio de la Unidad de Mediación.

  4. Recibido el informe, o vencido el plazo para su presentación, la Unidad de Mediación se debe pronunciar sobre la reclamación dentro de un plazo de 20 días hábiles. Este pronunciamiento incluye respuesta al Usuario y al Centro de Mediación reclamado, conteniendo los resultados del procedimiento.

  5. Si el resultado del proceso lo amerita, se dispondrá un procedimiento de inspección o la aplicación de una sanción o multa. En caso contrario, se archivarán los antecedentes.

* En ningún caso, el proceso de reclamación tendrá como resultado la modificación de un acuerdo obtenido en el proceso de mediación.

 


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Moneda N° 1155 piso 2, Santiago, RM – (02) 674 3541 - comu_snm@minjusticia.cl
                   Ministerio de Justicia - División Judicial - Unidad de Mediación

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